A PARTIR DE SEPTIEMBRE AUMENTAN LOS HABERES DE LAS EMPLEADAS DOMÉSTICAS
En septiembre de 2025, las trabajadoras de casas particulares recibirán un aumento del 1% junto con un bono extraordinario. Esta actualización surgió de un acuerdo paritario que fijó nuevos valores para los diferentes regímenes laborales contemplados en la Ley N° 26.844, que regula el servicio doméstico en Argentina.
El ajuste salarial se aplicará de manera diferenciada según las condiciones de prestación de las tareas y la carga horaria semanal. La Unión Personal Auxiliar de Casas Particulares (Upacp) comunicó que la mejora del 1% se combinó con una suma no remunerativa que se abona por única vez. El bono busca compensar la ausencia de incrementos entre febrero y junio del mismo año, período en el que los haberes permanecieron sin cambios.
Valores mínimos por hora
La actualización incluye los montos mínimos para quienes trabajan bajo la modalidad de pago por hora o por jornada, es decir, aquellos que cumplen menos de 24 horas semanales para un único empleador.
En septiembre los valores quedaron establecidos de la siguiente manera:
Por hora con retiro: $3.052,99
Por hora sin retiro: $3.293,99
La diferencia entre ambos montos obedeció a las condiciones de trabajo y a la cobertura asociada al tipo de vínculo. Esta distinción ya estaba contemplada en el esquema previo y se mantuvo con la nueva actualización.
Salarios mensuales
Para quienes desarrollan tareas bajo el régimen mensualizado, a partir de 24 horas semanales, se fijaron las siguientes cifras mínimas:
Mensual con retiro: $374.541,36
Mensual sin retiro: $416.485,63
Estos valores sirvieron como referencia para la liquidación proporcional en los casos en que la jornada no alcance el límite completo de horas semanales. La normativa vigente establece que los haberes deben ajustarse de acuerdo con la cantidad efectiva de horas trabajadas, garantizando que cada situación contractual se encuadre en las disposiciones legales.
Adicionales obligatorios
El salario mínimo difundido no contempla los conceptos adicionales que integran la remuneración total. Los empleadores deben abonar, además, suplementos como antigüedad, aportes jubilatorios y contribuciones a obra social. Estos apartados resultaron obligatorios en cada liquidación y formaron parte de las obligaciones que aseguran el cumplimiento de los derechos laborales.
El bono extraordinario
El acuerdo salarial incluye una suma no remunerativa y extraordinaria, cuyo monto varía según la carga horaria semanal. Este bono se paga de manera excepcional y acompaña la liquidación de los meses de julio, agosto y septiembre.
Los valores establecidos son los siguientes:
De 0 a 12 horas semanales: $4.000
De 12 a 16 horas semanales: $6.000
Más de 16 horas semanales y personal sin retiro: $9.500
· El objetivo declarado fue mitigar el efecto de la falta de aumentos en el período comprendido entre febrero y junio de 2025. La homologación del acuerdo permanecía pendiente de publicación en el Boletín Oficial, aunque los gremios y las entidades sectoriales ya habían difundido los montos y pautas de aplicación.
· Esquemas de contratación
· El sistema de remuneraciones reconoce las diferencias entre los distintos tipos de contrato. Para las trabajadoras con menos de 24 horas semanales, se aplicó el pago por hora, mientras que para aquellas con esquemas mensuales a partir de 24 horas se adoptaron los montos mensuales, ajustables proporcionalmente si correspondía.
· La normativa también distingue entre personal con retiro y sin retiro. Este criterio define los importes a liquidar y se aplica en todas las categorías del régimen de casas particulares.