CÓRDOBA IMPULSA LA “LEY JOAQUÍN”: UN RÉGIMEN INTEGRAL PARA PROTEGER A LAS VÍCTIMAS DE DELITOS
El Gobierno de Córdoba remitió a la Legislatura un proyecto de ley que crea un Régimen Provincial de Protección de Víctimas de Delitos, una iniciativa que busca ordenar, reforzar y garantizar la tutela efectiva de quienes atraviesan un proceso penal.
La propuesta—que el Ejecutivo sugiere llamar “Ley Joaquín”, en memoria de Joaquín Sperani— establece derechos claros y operativos, así como obligaciones concretas para el Estado y los operadores judiciales.
El texto sostiene que, pese a que el sistema penal prevé instancias de intervención para la víctima, en la práctica persisten asimetrías de información, demoras, barreras de acceso y riesgos de revictimización.
Por eso, el proyecto fija un piso de protección común para todas las víctimas en la provincia, sin alterar el debido proceso ni el equilibrio entre las partes.
El proyecto establece un conjunto de derechos que deberán ser garantizados desde el primer contacto de la víctima con el sistema de justicia. Entre ellos, se incluyen:
• Trato digno, privacidad y no revictimización.
• Información clara y comprensible sobre el proceso penal y sus instancias.
• Acceso a patrocinio jurídico, incluso gratuito y especializado cuando sea necesario.
• Participación en el proceso, tanto aportando elementos de interés como ejerciendo derechos en audiencias y decisiones clave.
• Asistencia médica, psicológica, social y jurídica de manera gratuita y continua.
• Medidas de protección urgentes ante riesgos o situaciones de intimidación.
• Reparación integral del daño, por vía penal o civil.
Asimismo, el régimen incorpora el principio de debida diligencia, que obliga a las autoridades a actuar sin demoras, evitando que la intervención estatal agrave el daño sufrido.
Reformas procesales para garantizar la efectividad de los derechos
La propuesta incluye un conjunto de modificaciones puntuales al Código Procesal Penal de Córdoba, necesarias para que los derechos reconocidos no queden en declaraciones abstractas. Entre los cambios más relevantes se destacan:
• Habilitación expresa para que víctimas de hechos cometidos por menores inimputables puedan constituirse como querellantes.
• Reforzamiento de la obligación de informar y notificar a víctimas decisiones que puedan afectar su seguridad o sus derechos.
• Prevención estricta de la revictimización, reduciendo actos repetidos o exposiciones innecesarias.
• Establecimiento de modalidades especiales para declaraciones en delitos graves, como los vinculados a violencia de género, delitos sexuales o violencia familiar.
• Participación de la víctima en decisiones como prisión domiciliaria, libertad condicional o suspensión del juicio a prueba.
• Creación de un nuevo artículo sobre juicio abreviado, donde la víctima deberá ser informada obligatoriamente en delitos graves (contra la vida, integridad sexual, libertad, robos agravados o violencia de género).
El proyecto “no introduce privilegios procesales” y mantienen el equilibrio del proceso penal, aunque garantiza respuestas “rápidas, eficaces y útiles”, en línea con los estándares que exige la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Observatorio y financiamiento
La iniciativa prevé la creación del Observatorio de Víctimas de Delitos en el ámbito de la Legislatura, integrado por representantes del Estado, organizaciones civiles y familiares de víctimas.
Su función será producir diagnósticos, recomendaciones y buenas prácticas para mejorar las políticas públicas de asistencia.
Además, se establece que el Poder Ejecutivo deberá asegurar los recursos presupuestarios necesarios mediante reasignaciones o previsiones específicas.
Por qué “Ley Joaquín”
El texto propone que la norma lleve el nombre “Joaquín”, en referencia al caso de Joaquín Sperani, como acto de memoria institucional y señal pedagógica.
La denominación, indica el proyecto, busca recordar que detrás de cada expediente “hay personas, seres queridos e historias de vida que exigen del Estado una respuesta efectiva”.

